Esperamos que esto facilite y haga mas accesible la web a todos vosotros.
Un saludo,
]]>Es por este motivo, que a todos los que queráis contribuir mediante vuestros testimonios, sois bienvenidos, para nosotros todos los testimonios son buenos enfermeras, abogados, adoptados, familias … todos. Y aunque hemos partido de la base de afectados de la clínica San ramón, ningún testimonio sera excluido, ya que es muy probable que en un momento determinado sea necesario hacer una unión de fuerzas entre las distintas plataformas que estan apareciendo.
Nosotros vamos a poner de manifiesto a Amnistía Internacional todos los casos, para que ellos puedan determinar mejor como proceder.
Esperamos que os animeis y nos envieis el siguiente formulario rellenado, eso si intentar explicar vuestro caso lo mas detalladamente con fechas, nombres … todo lo que recordeis.
Un saludo,
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PARTIDA LITERAL DE NACIMIENTO
Si crees que eres adoptado, el primer paso para confirmarlo es solicitar una copia de tu Certificado de Nacimiento Literal (partida literal de nacimiento).
Para comenzar la búsqueda de orígenes hay que acudir al Registro Civil Único de Madrid. Ahí se encuentra nuestra partida literal.
Al ser adoptados, nuestras partidas literales son declaradas de publicidad restringida para proteger nuestra intimidad y el hecho adoptivo de miradas ajenas, esto quiere decir, que sólo nos las darán a nosotros mismos o a nuestros padres adoptivos. Ningún otro puede obtener este documento personal. Para localizarla hacen falta nuestros nombres completos y el nombre del sanatorio donde hemos nacido así como la fecha en la que se produjo el alumbramiento. Si se pueden aportar los datos como el tomo y el folio en el que estamos inscritos se facilitará la búsqueda, dichos datos podemos encontrarlos en el libro de familia de nuestros padres adoptivos.
No es una gestión instantánea, tardan una semana en proporcionarte dicho documento y es importante resaltar que lo que se desea es el “certificado de nacimiento literal” ya que existe otro certificado denominado el abreviado y ahí no aparece la información que precisamos para iniciar la búsqueda.
Todos nosotros figuramos con unos apellidos genéricos impuestos de oficio (Ej.: Martínez, López, Sánchez…) y con el nombre propio que nuestros padres adoptivos eligieron, por lo que siempre nos hemos llamado igual. Los nombres de nuestros padres biológicos son inventados a efectos de identificación según la ley registral de aquella época para los niños de filiación desconocida (Ej.: José y María, Juan Carlos y María Carmen….)
Los hijos apropiados, es decir, los que fueron inscritos como nacidos de sus padres adoptivos, al obtener la partida de nacimiento literal, no apreciarán diferencia alguna con una partida de nacimiento de cualquier hijo biológico que conozcan puesto que no se ha producido nunca la adopción y no queda registrada en ninguna parte. Esta práctica se aplico en la clínica San Ramón ya que hay pruebas que así lo sostienen.
Registro Civil Único Madrid
C/ Pradillo, 66
914 936 630
La partida literal también se puede solicitar vía on-line en:
http://www2.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483947232/Detalle.html
Residentes fuera de Madrid:
Para todos aquellos nacidos en San Ramón y residentes fuera de Madrid, es importante que sepáis que se puede pedir al REGISTRO CIVIL ÚNICO DE MADRID que os envíen vuestra partida literal de nacimiento al registro civil de vuestra ciudad. Una vez la reciban podréis ir a buscarla presentando vuestro DNI
Hijos apropiados (sin adopción plena tramitada)
Los hijos apropiados son aquellos que aparecen inscritos como hijos naturales de sus padres adoptivos; por tanto, en su partida de nacimiento no figura la nota marginal de su adopción y no aparecen los nombres de sus padres biológicos. En la clínica San Ramón existían dos prácticas, una era la mención de hijo de padres desconocidos (bebé abandonado) para que posteriormente se pudieran realizar los trámites necesarios para proceder a la adopción plena, y otra que el médico emitiese un certificado donde el recién nacido figurase como hijo biológico del matrimonio adoptante. Probablemente la mayoría de las familias que aceptaban inscribir así a sus hijos en el Registro Civil desconocían que estaban evadiendo los trámites judiciales necesarios para culminar el proceso de adopción. En estos casos sólo una prueba de ADN pondría de manifiesto que no existe filiación consanguínea entre padres e hijos.
Los hijos apropiados normalmente desconocen su situación a no ser que sus familias les hayan explicado que son “adoptados”.
Un ejemplo es lo que manifiesta esta noticia:
Legajo de nacimiento
Cuando una persona da a luz debe rellenar un cuestionario con sus datos personales que le es facilitado en la clínica u hospital. En ese mismo documento, el médico que atiende el alumbramiento o la comadrona, certifica este hecho con su número de colegiado, sus datos personales y firma. A este parte le llamamos el legajo. Puede ir acompañado de objetos personales o información valiosa sobre los padres biológicos en el caso de los niños adoptados, por eso es interesante obtener una copia igualmente.
Se pide en el registro civil una vez tengas en tu poder el certificado literal de nacimiento. Hay que llevar un escrito en el que te presentas con tu nombre y dos apellidos, dirección postal y teléfono. Expones que estás buscando tus orígenes y por ello deseas poseer una copia de los antecedentes que figuren a tu inscripción literal de nacimiento. Adjuntas fotocopia de tu DNI y de tu partida literal. Se presenta en la secretaría de la segunda planta del Registro Civil Único de Madrid y te avisarán por teléfono cuando puedas ir a buscar tus documentos.
Ver modelo de carta para la solicitud legajo
ESCRITURA NOTARIAL
Una vez tengas en tu poder la partida, verás si apareces como abandonado y en el lateral indicará por quien has sido adoptado y en qué fechas.
El siguiente paso en la búsqueda, sería solicitar una copia simple de tu escritura notarial de adopción.
Cuando se ha producido una adopción plena, ésta queda registrada en un notario que da fe del auto judicial constituido en un juzgado de primera instancia. Para extraerla es necesario conocer el nombre del notario y el número de protocolo. Esta información se localiza anotada al margen de la partida literal de nacimiento. Ahí aparecen los nuevos apellidos del inscrito a instancia de sus padres adoptivos, así como el notario que da fe del hecho. El nombre de ese notario y los datos que pudieran aparecer sobre el protocolo son los que vamos a necesitar (Ej.: si es de Madrid, Valencia, Sevilla….)
Con el nombre del notario podemos llamar al archivo de protocolos de la Comunidad Autónoma del notario y exponer que deseamos una copia simple de la escritura y del auto de adopción plena. Les pedimos la dirección postal si no podemos personarnos allí y enviaremos por correo la solicitud de nuestra escritura de adopción plena adjuntado una fotocopia del DNI y otra de nuestra partida de nacimiento literal. Si lo hacemos de forma presencial llevaremos igualmente estos documentos para demostrar que se trata de nosotros.
Archivo general protocolos Madrid
www.munimadrid.es
(Otras Comunidades consultar en Internet)
SOLICITUD DE ORÍGENES
El Instituto Madrileño del Menor y la Familia pertenece a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid. A este organismo se le confirió el poder en materia de adopciones en 1987. Desde allí pueden acceder a los archivos regionales y de la Inclusa de Madrid, además los archivos del Tutelar de Menores y casas de cuna les fueron traspasados al cambiar la legislación, por lo que a pesar de haber nacido antes de que la Comunidad de Madrid tuviera parte en las adopciones efectuadas en esta ciudad, si la adopción se ha hecho correctamente y de forma transparente, ellos tendrán información dado que son los responsables subsidiarios de los expedientes.
La solicitud se hace por escrito y puede enviarse por correo o por fax.
Si decides enviarla por correo:
Departamento de Adopciones Nacionales
Instituto Madrileño del Menor y la Familia
C/ Gran Vía, 14.
28013 – Madrid
Si prefieres mandarla por Fax, debe ir dirigida al Dpto. de Adopciones Nacionales, y en el asunto especificar que es una búsqueda de orígenes.
Fax: 915 803 449
Cabe decir, que hasta ahora no tenemos noticias de que ninguno de los nacidos en San Ramón cuyos expedientes de adopción fueron promovidos por la A.E.P.A hayan obtenido una respuesta afirmativa, pero siempre es necesario agotar todas las vías posibles y conservar la respuesta por escrito.
Ver modelo de carta para la solicitud de orígenes
EXPEDIENTE JUDICIAL ADOPCIÓN PLENA
Una vez tengamos la escritura notarial pondremos atención al documento del auto que contiene. Suele aparecer en las últimas páginas. Ahí queda reflejado en qué juzgado se aprobó el expediente de adopción plena y aparecerá un número o referencia del mismo (Ej.: Juzgado 24 de los de Madrid, número de procedimiento 546/82)
Nos informaremos de dónde se encuentra la ventana de registro de dicho juzgado y personalmente acudiremos con una solicitud escrita donde indicaremos nuestro nombre completo y apellidos, DNI, domicilio y teléfono de contacto. Expondremos en dicha solicitud que deseamos que nos sea puesto a la vista nuestro procedimiento de adopción plena (número XXX) seguido a instancias de nuestros padres adoptivos (sus nombres y apellidos) y la fecha en la que se produjo la adopción plena.
Nota: Una cosa es habernos ido a buscar al sanatorio donde nacimos, que en todos los casos fueron a los pocos días de nacer, y otro cuando legalmente pasamos a ser hijos de nuestros padres, normalmente un año después del nacimiento. Dicha fecha consta en la escritura notarial.
Continuaremos el escrito de solicitud diciendo que suplicamos nos sea entregada una fotocopia de dicho procedimiento alegando que con el motivo que lo solicitamos es el de la búsqueda de orígenes.
Junto con este escrito debemos incluir fotocopia de nuestra partida literal de nacimiento, nuestro DNI y la escritura notarial. Es el último paso, en dicho expediente aparecerán los documentos que fueron presentados por el abogado pertinente para que un juez aprobase nuestra adopción. Normalmente son del Dr. Vela y la A.E.P.A.
Colegio de Procuradores de Madrid
http://icpm.es/directorio_juzgados.asp
(Otras Comunidades consultar en Internet)
Como lo que solicitas es una copia es probable que se olviden de adjuntar los anexos, así que os recomendamos que hagáis hincapié en decirles que os gustaría tener una copia de los anexos (certificado de la clínica, carta AEPA, declaraciones testigos …)
En hospitales públicos como Santa Cristina, no aplicaba la ley de que pasados cinco años podían destruirse los archivos si así se deseaba, además en dicho hospital sí existía un libro reglamentario de registros de pacientes. Una cosa son las fichas y expedientes que pudieran obrar en poder de Sor María con información sobre las madres gestantes y otra distinta el registro de quirófanos que se han visto obligados a conservar en el centro. Los niños que han tenido la suerte de nacer en Santa Cristina pueden optar a pedir una orden judicial para conocer la información que obra en poder del mencionado hospital sobre su madre biológica.
En primer lugar hay que destacar que este podría considerarse como “el último gran paso” al que un adulto adoptado puede agarrarse cuando todo lo demás ha fallado. Si nos hallamos ya habiendo pedido todos los documentos a nuestro alcance, y que son relativamente fáciles de conseguir, tales como la partida de nacimiento, escritura de adopción y similares, sin haber obtenido ningún dato útil, no queda mas remedio que recurrir a la solicitud de datos vía judicial.
El proceso, aunque sencillo, se hace relativamente largo, llegando a tener que esperar hasta diez meses para conseguir obtener todo lo que hemos pedido. Nuevamente recordaros que dicho proceso tan sólo nos va a servir a los nacidos en hospitales públicos, tales como el hospital de Santa Cristina, que por ley aún conserva todos los registros intactos. En sanatorios privados que aún continúan en funcionamiento como la Clínica Belén se podría intentar solicitar igualmente.
Lo que vamos a hacer, de manera muy simple, es aprovecharnos de la posibilidad que se nos da por ley de obtener datos de nuestra madre biológica. Aunque legalmente no somos hijos de ella, la ley nos dice en la Constitución que ningún hijo puede ser discriminado, sea cual sea su filiación, por lo que legalmente tenemos las de ganar, y el hospital donde nacimos tiene el deber de entregarnos todos los datos en cuanto el juez se lo pida.
Para iniciar el proceso únicamente es necesario tener la partida literal de nacimiento, ya que se requiere saber el hospital, la fecha y la hora concreta del nacimiento del solicitante. De este modo, aunque en la partida literal aparezcamos como de filiación desconocida, el hospital contrastará nuestra hora de venida al mundo con los partos que se dieron ese día, obteniendo así de manera sencilla los datos que pedimos.
Una vez interpuesta la demanda de solicitud en el juzgado civil, tardaremos aproximadamente entre mes y mes y medio en recibir la primera notificación, en la que se nos dice que nuestra demanda ha sido aceptada y se procede a requerir al hospital mencionado que nos facilite lo que hemos pedido.
Ahora es cuando empieza la verdadera espera, ya que normalmente se tarda en notificar a la otra parte entre cuatro y cinco meses, y además se le otorga un mes de plazo al ser notificados para que tengan tiempo de buscar.
Una vez transcurrido este tiempo, recibiremos la notificación con los datos transmitidos por el hospital (no se pueden negar). Esta notificación es un papel informando de que, al contrastar nuestra hora de nacimiento con sus libros, les aparecen una serie de datos. Y a continuación nos facilitarán el nombre y apellidos de nuestra madre biológica, así como otros datos que se conserven y que nos serán muy útiles para la búsqueda como el Documento Nacional de Identidad, la persona o personas que pudieron acompañarla si era menor, su grupo de sangre, fecha de nacimiento…
En el caso de habernos decidido por solicitar estos datos, es importante ponernos en manos de un abogado experimentado, ya que en caso de fallar en algo por desconocimiento de lo que se está haciendo, no hay una segunda oportunidad con lo que eso conlleva para el solicitante.
Siendo conscientes de que muchos de los nacidos en Santa Cristina desconocen esta opción, hemos elaborado esta información y contactado con un afectado de nuestra plataforma que es Abogado y ha tramitado esta solicitud personalmente con éxito. Es por ello que ha consentido en prestar su ayuda a los nacidos en Santa Cristina como él a través de nuestra plataforma para lograr que sus compañeros de hospital también obtengan la información que persiguen. Los trámites judiciales tiene un coste económico que muchos otros profesionales a los que podéis recurrir acostumbran a inflar; es por ello que nuestro compañero se ha comprometido con nosotros a prestar sus servicios con un coste muchísimo menos elevado y perfectamente asumible por el solicitante.
Si habéis nacido en Santa Cristina y estáis interesados en tramitar la orden judicial, podéis contactar con nuestro compañero letrado en este correo:
A nivel informativo para todos aquellos que quieran buscar sus orígenes y hayan nacido en otra clínica, es importante que a la hora de buscar se formulen las siguientes preguntas:
¿En qué clínica he nacido? ¿Dónde está? (Si no se tiene certeza lo mejor es solicitar la partida de nacimiento literal donde aparecen todos estos datos)
Una vez sepamos la clínica, la siguiente pregunta que nos hemos de hacer es: ¿Sigue abierta esta clínica? ¿Está aún en funcionamiento? Esta pregunta es de vital importancia ya que en caso afirmativo, podéis preguntar directamente en el centro como primer paso. Todos los hospitales tienen registros de entradas de los pacientes y el libro de quirófano, ahí aparecen los nombres de las mujeres gestantes que dieron a luz por fechas.
Dado que la información que estamos buscando es algo antigua, es probable que no tengan los datos informatizados pero aún así se conservan. En algunos casos, dependiendo del tamaño de la clínica, pueden guardar estos libros en otro hospital público que pertenezca al mismo distrito o en un almacén de datos confidenciales.
Os adelantamos que aún hoy en día no os darán demasiadas facilidades, quizás os dirán que no los tienen, que se han quemado, que hubo una inundación… Suelen ser excusas recurrentes y falsas. Actualmente la LEY 54/2007 del 28 diciembre, nos ampara, reconoce el derecho de los adoptados a conocer sus orígenes biológicos, puede que los empleados de estos centros sanitarios no estén al corriente de ello.
La adopción, los sentimientos de la triada adoptiva (biológicos – niño – adoptantes) derivados de las pérdidas que los tres han sufrido y la necesidad de construir la identidad para un adulto que es adoptado, acostumbran a estar llenos de prejuicios, falsos mitos y miedos infundados en nuestra sociedad. Estos mitos los adoptados los van absorbiendo sin darse cuenta durante su crecimiento y pueden incluso cohibirles a la hora de luchar por sus derechos y de no creerse merecedores de una información.
Por eso muchos trabajadores de los sectores que a nosotros nos interesan para la búsqueda de orígenes, intentan poner trabas para que las personas adoptadas dejemos de indagar y nos dan largas y evasivas. Al ser adultos no es necesaria la firma de los padres para este tipo de solicitudes ni tampoco su visto bueno aunque su compañía durante este proceso y empatización es vital para nosotros debido a la carga emocional que conlleva y compartirla con ellos o con otra persona de nuestra confianza, resulta un desahogo.
A la hora de requerir datos a un centro sanitario o a la Diputación, es conveniente contactar con un abogado para que tramite la orden judicial ya que debido a la ley de protección de datos, no pueden darnos inmediatamente la información de la madre biológica y esto hace que el proceso se ralentice pero sin duda alguna, siempre se finaliza con la obtención de la información deseada.
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Yo con 18 años recién cumplidos me quede embarazada, estaba estudiando en Madrid, y por mis circunstancias, que no vienen al caso decidí dar el bebe en adopción.
La cuestión es que tres meses antes de dar a luz me fui al tribunal de menores (el de la época) y plantee mi caso. Me examinó un psicólogo, miles de preguntas…etc. Me preguntaron si tenía alojamiento en Madrid y les dije que no porque no me apetecía seguir viviendo en donde vivía. Se ocuparon de todo y me mandaban a revisiones a San Ramón, donde me atendía Vela.
Me mandaron a vivir a una residencia que estaba en Los Molinos, regentada por monjas. Allí me encontré con diez chicas como yo, algunas llevadas allí por sus padres para ocultar sus embarazos, a medida de que unas se marchaban otras venían. Gente de todo el país. También había unos 15 o 20 niños de edades entre meses y tres años, calculo. Niños a los que nunca venia a ver nadie, o yo al menos no lo vi, decían que eran abandonados.
El 15 de diciembre del 81, di a luz en San Ramón, y fui atendida por el doctor Vela.
Si que firme una renuncia pero eran cuatro líneas, en una fotocopia. Algo cutre. Eso lo pensé después, en ese momento hubiese firmado mi sentencia de muerte. La renuncia o fotocopia cutre la firme en la clínica, antes de salir.
El parto fue programado, salía de cuentas una semana más tarde. La historia es que yo tenía que regresar a mi casa por navidad y no quería que nadie se enterase y Vela me dijo que el 15 y que para el 21 estaría bien para viajar.
Dinero, jamás ni una peseta me dieron, ni nos hablaron de conocer a la familia que adoptaba. Nos decían que no tenia marcha atrás una vez nacido el bebe y que ellos se ocupaban de todo. Que se irían con buenas familias.
En Los Molinos, estábamos bien, era una residencia, una casa con jardín. Claro que hablábamos entre nosotras. Lo que pasa es que tampoco nos dábamos demasiados datos personales, solíamos hablar de nuestra situación y sobretodo de nuestros sentimientos. Excepto una chica chilena que trabajaba en una casa y que lo dio en adopción porque no podría seguir trabajando, las demás éramos crías de buena familia que a algunas las llevaban los padres para ocultarlo, y otras íbamos solas para ocultarlo nosotras.
Quiero que entendáis que fue una decisión difícil, en mi caso mi familia me mando a Londres, que es donde se iba en la época a abortar, no fui capaz. Como a continuación me iba a Madrid, me las apañe para darlo en adopción sin que se enterase mi familia. Esto no es una disculpa, es una explicación.
Aunque pienso en ello a menudo, los detalles se me escapan y lo recuerdo borroso, pero leyendo cosas que habéis puesto en el foro estoy empezando a recordar y ciertamente fue algo bastante chapucero.
Creo que en los molinos estuve unos dos meses, como mucho tres. Dimos a luz todas las que estábamos más o menos por la misma época, mes arriba o abajo. Creo recordar, que excepto la chica de chile, las demás se quedaban allí cuando yo me fui.
Fue por la mañana, no de madrugada. Recuerdo el caso de Pily una chica con la que mantuve el contacto después aunque ya lo perdimos hace años. A ella la llevaron sus padres a través de un medico amigo de la familia. Era de Málaga. Otra, Carmen a través de un sacerdote, amigo de la suya. Estas las recuerdo pues eran mis compañeras de cuarto.
Los sentimientos…en algunos momentos creo que no fuimos muy conscientes de lo que hacíamos, creo que nos pintaron nuestra juventud, los estudios, el lastre que aquello suponía la “vergüenza” para la familia….creo que nos llevaron por ahí. Nuestros sentimientos y mi sensación es que no podíamos hacer otra cosa. Éramos unas niñas y nos “solucionaron” un problema, no veíamos mas. Realmente fue una comida de tarro, porque si en vez de pintarnos eso nos hubiesen ayudado a ser fuertes para salir adelante, seguramente la mitad nos hubiésemos vuelto atrás. Claro que ya he visto, que eso no les interesaba. Estábamos convencidas que hacíamos lo correcto, y además legalmente, como se debía hacer.
Quien me iba a decir a mí que esto saltaría a mi vida de esta manera. QUE ATAJO DE HIJOS DE P…. Nos hicieron daño entonces y ahora lo siguen haciendo.
El sexo, no me lo dijeron, pero en el papel de renuncia, creí leer que era una niña. De hecho le puse nombre de chica en mi mente. Claro que no me dejaron verle, tampoco hubiese sido capaz.
De ese “tribunal”, me suena el nombre de Maribel, pero tampoco estoy segura. Si recuerdo que había que subir unas escaleras estrechas de madera, y que estuve en un despacho pequeño.
En la renuncia sí que ponía que renunciaba a la “niña” y que nunca intentaría recuperarla, eran tres líneas. También me lo dijeron de palabra, que no podría hacer nada una vez firmado.
…………………………………………..
En el año 1980 mis padres, un matrimonio de clase media, decidieron adoptar un hijo dado que llevaban 17 años de matrimonio y no habían podido tener descendencia.
Iniciaron los trámites inscribiéndose en todas las listas de espera de los hospitales más importantes de Madrid de la época: La Paz, Francisco Franco, Ramón y Cajal. También visitaron las Casas de Cuna que había en la capital. Casas en las que se acogía a las madres que habían decidido dar a sus hijos en adopción durante su embarazo.
Mi padre comentó su deseo de adoptar con un compañero suyo y éste le indicó que se pusiera en contacto con su esposa, que era asistente social y podría asesorarle.
Esta mujer, les derivó a la A.E.P.A (Asociación Española para la Protección de la Adopción), situada en el mismo edificio que el Tribunal Tutelar de Menores, pero ocupando otro piso, en la calle Fernández de la Hoz, 35.
En esta institución, les recibió Rosario Vegas Pérez, asistente social, más conocida como Charo. Desde el primer momento se les preguntó por su capacidad económica y solvencia, siendo curioso que la asistente social, ya sabía cuáles eran los ingresos anuales de mi familia sin que ellos lo dijesen.
Tuvieron que aportar documentación que corroborase la tenencia de esos bienes y la generación de recursos.
En menos de un año, les llamaron para informarles de que yo había nacido y que podían pasar a recogerme dos días después del parto.
Fueron a buscarme a la clínica donde nací, San Ramón de Madrid. La Srta. Charo Vegas (una mujer de unos cincuenta y cinco años, educada y de creencias religiosas) me entregó a mis padres, después de haber comprobado, y siempre según su versión, que mi madre biológica tenía “las ideas muy claras” y estaba “muy segura de la decisión que había tomado”.
Mis padres, tuvieron que costear la estancia de mi madre biológica en esta clínica, por importe de 53.000 ptas, desglosado en varios conceptos: Quirófano 30.000 ptas, teléfono 3.000 ptas, gasas y matronas, 15.000 ptas, precios de principios de los años 80.
También abonaron otras 50.000 ptas. en concepto de pago del piso o residencia donde se había alojado mi madre biológica. Nunca supieron el tiempo de estancia ni el lugar.
Hasta los seis meses no se inició mi proceso de adopción, para el que el Doctor Vela, médico que atendió mi parto, emitió un certificado, indicando que nadie me había reclamado desde mi nacimiento y que yo era hija de madre desconocida.
He tenido acceso a estos papeles ya que mis padres los guardaron. Cuando he solicitado mi expediente a la Comunidad de Madrid, me han contestado que no existe mi expediente de adopción.
Dos años después de mi nacimiento, llamaron a mis padres desde A.E.P.A. Esta vez, fue Maribel de la Vega, asistente social de unos 25 años. Les informó que la misma madre, había dado a luz a un hijo y que si estaban dispuestos a adoptarle.
Ante la aceptación por parte de mis padres, les indicaron que “esta vez era diferente”. Tenían que recoger al niño en la maternidad de Santa Cristina. Allí les esperaba Sor María Gómez Valbuena, una monja, asistente social del hospital.
En esta ocasión les hicieron abonar una factura de una residencia de monjas con membrete y dirección sita en un pueblo de Madrid. Este importe ascendía a unas 56.000 ptas, y cubría la estancia, viajes al médico a Madrid y transporte de vuelta a su casa.
Del mismo modo, abonaron en la clínica la estancia de la madre, ya que había estado por lo que ellos denominaban “lo privado”, a pesar de ser Santa Cristina un hospital público.
Para esta segunda adopción, no esperaron ni los 6 meses que se correspondía por ley. A los dos meses, Sor María emitió el certificado indicando que nadie había reclamado a mi hermano y a los 6 meses se formalizó la adopción.
Para la Comunidad de Madrid, en este caso, tampoco hay expediente, a pesar de que la clínica sigue en funcionamiento en la actualidad y me consta que tienen registros informáticos de los ingresos desde 1979.
…………………………………………..
Somos un matrimonio que a la edad de 28 años (mi marido) y a los 23 años (yo), decidimos ir a por nuestro segundo hijo. Como yo tenía el Rh negativo y mi primera hija nació también con el mismo que yo, teníamos miedo y decidimos hacernos un seguro médico privado pensando que mi embarazo siguiente estaría más controlado. Y al quedarme embarazada el seguro médico nos derivó a la Clínica San Ramón.
Durante el primer trimestre del embarazo tuve pérdidas de sangre y acudí a la Clínica a que nos viera el Dr. Vela. Aunque este Dr. sin hacerme prueba de ningún tipo me dijo que yo no estaba embarazada (él comentó que sería el periodo).Yo insistí porque en mi primer embarazo me había ocurrido lo mismo. Entonces al haber acudido varias veces a la Clínica con la misma preocupación, el Dr. Vela llegó a decirme que era muy pesada por acudir tanto a la Clínica sin estar embarazada (según él).
En el segundo trimestre dejé de manchar y no tenía molestias de ninguna. Aunque dejamos pasar el tiempo.
Durante los siguientes meses no tuve ningún tipo de control sobre mi embarazo, como según el Dr. Vela no estaba embarazada no acudimos a la Clínica hasta el día anterior de nacer mi hijo. Ese día fue el 2 de Marzo de 1979 y acudí a la Clínica por molestias que tenía. En esa revisión algo observó el Dr. Vela pero a nosotros no nos dijo nada. Simplemente nos mandó unos análisis de sangre de carácter urgente, pero al ser viernes no me los podía hacer hasta el lunes. Claro que él estuvo listo porque era un tiempo que él quería ganar ya que sabía que yo al lunes no llegaba sin haber dado a luz.
Yo sentí siempre que estaba embarazada y en ese tiempo se cumplían, por mis cuentas, los 9 meses de embarazo. El Dr. Vela me dijo que estaría más o menos de unos 6 meses. El no se preguntó ni siquiera si se podía haber equivocado con los 3 meses que tuve los sangrados.
En la sala de espera había otra mujer embaraza y ella me preguntó: “¿Vas a dar a luz?”, yo la contesté: “según el Dr. Vela estoy de 6 meses”. Entonces ella me dijo:” Pues tienes cara de da a luz en breve”.
Nos mandaron a casa. Y cuál fue mi sorpresa cuando el día 3 de Marzo de 1979 (o sea al día siguiente de la visita a la Clínica) empecé con dolores de parto y tuve que volver a la Clínica de nuevo.
Al llegar a la Clínica me atendió una comadrona que me marcó para siempre con sus palabras. Ella me preguntó que de cuánto tiempo estaba y yo le dije que según el Dr. Vela estaba de 6 meses pero que según mis cuentas de 9. Ella me dijo:”Si estás de 6 meses lo vas a perder y si es de 9 también porque si has tenido pérdidas…” “Hazte a la idea de que no tendrás nada”.
Como ya me encontraba en el paritorio, nada más decirme eso, empecé con muchos dolores y me puse de parto sin tener tiempo ni a desnudarme ni a prepararme para nada.
Al nacer el niño la comadrona acudió a llamar al Dr. Vela y al llegar él me pusieron al niño en una mesa y me dijeron que había pesado 2700 gr (viendo así que con ese peso prematuro de 6 meses no era) y el Dr. Vela tocaba al niño con las dos manos como si fuera un trapo y me dijo: ” Está malformado, mejor que se muera”.
Yo apenas pude reaccionar, pero de lo que sí estoy segura es que yo no vi al niño ninguna malformación externa.
A mi hijo no le hicieron ningún tipo de prueba o estudio que certificara que lo que el Dr. Vela alegaba era cierto.
Se llevaron al niño, y algunos de mis familiares pidieron verlo. Entonces les enseñaron al niño y dicen, al igual que yo, que no apreciaron nada raro ni ningún tipo de malformación externa. Como somos una familia bastante numerosa, el Dr. Vela me pidió que diera orden a mis familiares de que no pidiera nadie más ver al niño porque sería desagradable verle morir.
Mi marido fue a buscar al Dr. Vela para solicitar que le hicieran al niño la autopsia para saber realmente de qué había muerto y el Dr. Vela le contestó que se la haría.
Estando ya en la habitación entraron unas enfermeras con un cuco revestido con la ropita en color azul. Yo enfadada las grité que para que me traían el cuco si mi hijo estaba muerto y ellas simplemente me dijeron: “Perdone” y se fueron. Eso luego también nos hizo pensar en el descontrol que había habido en esa Clínica.
Mi marido estuvo todo el día entrando y saliendo de la habitación bastante alterado y nervioso buscando al Dr. Vela para que nos entregaran los informes de los 3 primeros meses de las veces que acudí a la Clínica por los sangrados y de los poquísimos que tenía del resto del embarazo, incluyendo lo de la solicitud de los análisis del día anterior. El Dr. Vela se había llevado mis informes en el momento que mi marido fué a hacer las gestiones para poder enterrar al niño. El Dr. Vela se había ofrecido anteriormente a enterrar ellos al niño a lo que nosotros nos negamos ya que teníamos nuestro seguro.
Finalmente avisaron al Dr. Vela porque mi marido estaba dando voces en la Clínica solicitando que el Dr. Vela viniera a hablar con nosotros. Al llegar mi marido le comentó que donde estaban los informes que se había llevado antes y si le habían hecho al niño la autopsia, a lo que él contestó que no había cogido ningún informe y que a él nadie le había dicho nada de autopsia al niño. Mi marido con tantos nervios y tensión y escuchando lo que el Dr. le dijo, le dio un puñetazo.
El personal del la Clínica fue a llamar a la policía pero el Dr. Vela no les dejó y les comentó: “Bastante tiene este hombre que acaba de perder a su hijo”. Claro a él no le interesaba que apareciera la policía por allí aunque fuera un hecho grave el puñetazo que mi marido le dio.
Como era sábado no podíamos enterrar al niño hasta el lunes (día 5 de Marzo de 1979) y así lo hicimos o al menos eso pensábamos nosotros.
Al cementerio yo no pude ir porque aún estaba ingresada, pero si fueron mi marido, mi madre y una de mis hermanas. Allí abrió mi marido la caja y dentro había otra caja (como de zapatos) en la que había algo envuelto con gasas y como precintado. Mis familiares me dijeron que su sensación era como de que allí no había nada, y aún hoy en día todos seguimos con la misma sensación.
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Me llamo Elsa. Di a luz en la clínica San Ramón el 5 de febrero de 1981 y desde hace años ando detrás de averiguar qué pasó con mi hija pues todo fue muy raro desde el parto hasta todo lo que ocurrió después con mi bebé. Me dijeron que la niña había muerto, que era prematura y no me dejaron verla ni nadie pudo hacerlo pues les dijeron a mi madre y a mi marido que la niña tenía malformaciones y era mejor así. Poco puedo aportar al caso, excepto las circunstancias de mi parto y la “desaparición” de mi hija por llamarlo de alguna manera. A raíz del artículo en Interviú a mí se me metió en la cabeza que mi hija estaba viva pero todos me decían que eso podía ser más un deseo que otra cosa. Investigué por mi cuenta pero no había ni rastro de papeles, ni informes de la clínica, ni nada de nada. Yo llevaba años con la matraquilla diciendo a mi marido que la niña estaba viva, que algo dentro de mí me decía que lo estaba; que quería saber donde la habían enterrado para ver si había alguien dentro pues nadie nos lo había indicado y nadie vio que lo hicieran; es más, nadie fue a ese entierro, pues en la clínica nos dijeron que no hacía falta que ellos se ocupaban de todo. A raíz del artículo en El País mi marido toma contacto con otras hijas y madres afectadas por lo mismo y empezamos a desenvolver el hilo de la historia. Veo coincidencias en otras madres (no nos enseñan el niño, nos dicen que está muerto y sufre malformaciones y es mejor que haya muerto, nadie de la familia lo ve, etc.,) y me planteo la posibilidad de que lo que llevaba años temiendo fuera una realidad.
Todo en aquel parto fue muy extraño pues recuerdo que me enseñaron un bebe envuelto completamente en un sudario blanco y sólo tenía la carita destapada pero estaba muy fría, demasiado para estar recién nacida y… bueno, luego supe que a algunas madres les enseñaban un recién nacido ya muerto que tenían en un congelador y todo me pareció tan terrible… Siempre he tenido dudas con lo que pasó y estos reportajes y la declaración de algunas madres a las que les dijeron lo mismo que a mí, me han hecho concebir la ilusión de que esté viva. Todo son apreciaciones, nada es demostrable, pero son demasiadas razones para pensar que soy una madre más de las muchas afectadas por este tema y, en cualquier caso, siempre estará la duda y la esperanza. Mi hija se iba a llamar Macarena.
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Mis padres adoptivos tenían problemas de fertilidad, era un matrimonio humilde y de mediana edad residente en un pueblo de Levante. Alguien le recomendó a mi madre ponerse en contacto en Madrid con una monja llamada Sor María Gómez, asistente social del hospital de Santa Cristina, para que le gestionase la adopción de un niño. Estuvieron mi padre y ella en dicho hospital y Sor María les propuso que buscaran a una gestante que no ‘quisiera’ al bebé para que todo fuera más rápido y así tener a su deseado hijo recién nacido sin tener que soportar todos los trámites y papeleos que implican una adopción normal.
Mi madre entonces buscó a una mujer embarazada que fuera joven y localizó a una chica de Valencia que estaba embarazada de 5 meses, ella era menor de edad (15 años) y al quedarse en estado, los dueños de la casa donde trabajaba, la echaron a la calle.
La vecina de mis padres se ofreció a acompañar a mi madre a buscar a esta chica a Valencia y fueron en tren a recogerla para llevarla hasta Madrid a una pensión que se encontraba en la zona del Palacio de los Deportes. Sor María les dio la dirección exacta y les dijo por quién tenían que preguntar allí, una señora de mediana edad que vigilaba a las madres solteras hasta que daban a luz.
Durante este tiempo de gestación, mi madre tuvo que estar pagando a Sor María una cantidad de dinero, desconocida por mí, para que ‘cuidara’ a esa chica que ella aportó a cambio de un bebé.
En dicha pensión mi madre y mi vecina recuerdan haber visto a muchas niñas menores de edad que se encontraban en la misma situación, Sor María le dijo entonces a mi madre que nunca iba a saber si el bebé que le iba a entregar, era de esa chica de Valencia o de otra de las que vivían allí para que no tuviera nunca problemas con la madre natural al haberse llegado a conocer, ya que dichas niñas eran obligadas a dar a sus bebés en adopción porque eran muy jóvenes, para que nunca pudieran arrepentirse y reclamar a sus bebés. Mi madre biológica según mis papeles acabó pariendo en Santa Cristina en vez de en San Ramón el día 2 de Octubre de 1977.
Cuando nací vinieron a buscarme y me llevaron a casa; pasados 6 meses de la acogida me adoptaron y lo tramitaron vía la Asociación Española para la Protección de la Adopción (A.E.P.A.) y de un procurador que trabajaba en colaboración con ellos pero mis padres nunca pasaron por sus oficinas. Los papeles fueron arreglados de esta forma por mediación de Sor María, la monja de Santa Cristina.
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Tenía 19 años cuando quedé embarazada, mi familia era muy tradicional y católica. No aceptaron mi situación así como ayudarme ni cobijarme con ellos, por lo que me vi obligada a abandonar mi casa. Buscando ayuda entre amistades, conocí a un matrimonio con un niño adoptado que me aconsejaron irme a Barcelona a una residencia de monjas donde me cuidarían y me darían techo, allí podría pensar en qué hacer con mi futuro. Estuve unos días en esa casa con ellos y salió el tema de la adopción como quien no quería la cosa. Yo no había pensado en eso. Hasta ese momento lo que me preocupaba era tener un lugar donde poder estar alojada. Me fui a Barcelona, en la estación me esperaban esas monjas, me llevaron a un chalet donde estuve bien atendida y acompañada de otras chicas en mi situación, no compartía habitación y teníamos libertad para salir y pasear por la ciudad. Un buen día en el despacho de la superiora se me insinuó el tema de la adopción y empezaron a hacerme ‘razonamientos’ sobre mi vida, mi futuro y el del niño que esperaba. Una noche, mi hijo se movió dentro de mí, entonces supe que tenía que salir de ese sitio porque lo que les interesaba era la adopción de mi bebé, no ayudarme realmente a mí.
Volví con esta amistad que me había ayudado al salir de casa de mis padres y acabé convencida de ponerme en contacto con una amiga de mi familia que vivía en Madrid. No tenía dónde ir. Llamé a dicha persona y me cobijó en su casa. No parecía dispuesta a que yo criase a mi hijo, tampoco sé de qué forma supo o pudo enterarse del tema de cómo hacer para que yo dejase al niño en adopción pero al poco tiempo acabé teniendo una charla en Santa Cristina con Sor María Gómez Valbuena. Había una sala de espera donde coincidí con otras niñas embarazadas y le pregunté a una que dónde vivía y me dijo que ella era de Peñagrande, yo no sabía que era aquello y me aclaró que era una residencia de madres solteras, yo pensé que aquello estaría bien para quedarme y cuidar de mi hijo. Cuando llegué a entrevistarme con Sor María me habló solamente de adopción presionándome a ello, poniéndome mi futuro gris y el de mi hijo si lo mantenía a mi lado, haciendo que yo me valorase poco como madre por mi condición de soltera. Yo era muy reticente a ello y se dio cuenta, así que me dijo que no pasaba nada, que me lo podía incluso pensar hasta 6 meses después del parto porque hasta ese tiempo podía reclamar al bebé ya que aún sería mío según las leyes y que tendía una montaña de papeles para mí, para que los firmase para dejarlo en adopción. Yo lo que quería era un techo viendo que mi familiar prefería no tenerme en su casa en dicho estado, así que la monja me envió a un piso situado detrás del Palacio de los Deportes de Madrid.
Llegué por mí misma allí con mi maleta, toqué el timbre y bajó a abrirme un señor desagradable que me trató como si fuera ganado sin ningún respeto por mi persona. Me acompañó a una habitación individual y me dijo “Quédate ahí” con muy malos modos. No me avisaron para comer, ni cenar. Nadie paseaba por el pasillo, volví para preguntarle a la dueña por las comidas puesto que me sentía muy angustiada y me trató de muy malas formas, como si yo fuera una apestada y una prostituta por estar embarazada con 19 años. No comí nada, ni cené nada y no se preocuparon los que regentaban aquel lugar de que estuviera alimentada, pasé la noche y a la mañana siguiente igual que entré, salí de allí y me presenté de nuevo llorando en casa de esta amiga de mi familia porque el trato experimentado desde que conocí a Sor María y con las personas que me recomendó tratar fue nefasto y denigrante.
Las revisiones ella me las había concertado en San Ramón, me dijo que Vela era muy buen médico y me lo pintó estupendo, que podría tener ahí a mi hijo fenomenalmente bien. Fui a las pocas revisiones que me concertó la monja con Vela, él era antipático conmigo. Tenía unas fichas de cada una de las chicas, cuando yo iba a mi cita él ya sabía mi nombre y todo sobre mí, imagino que se lo explicaba todo Sor María.
Estando con esta amiga de mi familia y a punto de terminar la gestación, sufrí un resbalón y me caí. Ella me llevó a San Ramón y allí me dejó sola. La monja no estaba, sólo enfermeras normales, una muy desagradable de mediana edad y otra jovencita, morena y guapa que era más amable. No sé qué me dieron pero me atontaron, no podía ni levantarme de la cama, no podía pasear ni nada. Sé que me dieron algo pero no sé qué sería. Perdí el conocimiento. Posteriormente iba dilatando y llegado a un punto, la enfermera amable me ayudó a caminar por el pasillo apoyada en ella y en ascensor fuimos al paritorio. Me durmieron y no sentí nada, cuando desperté tenía el pecho vendado, tanto que no podía respirar y estaba en una habitación con una pequeña televisión, un gran ventanal, una cama y un teléfono detrás de mí. Una habitación de lujo para la época. Según mi percepción aquello estaba desierto. No había nadie por los pasillos, no había trasiego de visitas como en cualquier maternidad, ni flores en los pasillos. Nada de nada. Silencio.
Entonces levanté el teléfono y llamé a enfermería y les dije: “Quiero ver a mi hijo” y me dieron una contestación como para calmarme, como a los tontos: “Sí, sí lo consultaremos”. Así estuve toda la tarde, después de las tres primeras veces, al colgar el teléfono chillaba “Quiero ver a mi hijo” “quiero ver a mi hijo” porque por teléfono no me hacían caso. Vino en una de esas la enfermera estúpida y grosera a decirme que o me callaba o iba a sedarme, que no me iban a enseñar a mi hijo. Yo lloraba y gritaba. Pasado el rato, la enfermera amable apareció con él y Vela llegó detrás. Me dijo que disponía de un minuto de reloj para verle y no podía tocarle. Le vi un poco de lejos y pregunté: ¿Cuánto pesa? y me dijo ella que 3.200 y mide 43 cm. Es la única información que dispongo sobre ese bebé cuyo sexo no se me dijo.
Estaba muy débil, no sé qué me administraban que no podía ni ir al baño, me ayudaban las enfermeras, no podía andar a buscar al niño al nido porque no podía ni salir de la habitación y la enfermera desagradable no me lo permitía, no me dejaban pasear por el pasillo.
Me dieron el alta muy rápido y me recomendó Vela reposar en casa de la amiga de mi familia, vino a buscarme y me llevó a casa. A los pocos días saqué fuerzas de flaquezas y medio mareándome acudí a San Ramón a reclamar al niño, estaba pálida. Habían pasado 3 días. Cuando pasé por la puerta la recepcionista sin yo decir nada, me dijo que allí no podía estar y me echó de malas formas del sanatorio a empujones, yo le dije que yo venía a reclamar a mi hijo. Me dijo que no y me sacó a empujones a la calle muy nerviosa y de malas maneras. Viendo esto y con el poco apoyo que tenía de mi familia, me monté en un taxi y me fui a Sta. Cristina a hablar con Sor María. Allí recibí la siguiente respuesta cuando le dije a la monja a qué venía y le conté lo ocurrido en el sanatorio: “¿De qué niño me hablas?” “Tú no has parido” Le recordé aquello que me contó de la ley que disponía hasta de 6 meses y se hizo la loca, le recordé aquel montón de papeles que firmar y pasó lo mismo. No consentí a la adopción nunca. No dejé a mi hijo, estaba desamparada y busqué ayuda. Me coaccionaron, se aprovecharon de mi debilidad moral para hacerme sentir no merecedora de mi bebé y me arrebataron la oportunidad de criar a mi hijo cuando lo reclamé. Espero que ese bebé algún día desee conocerme.
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Cuando me adoptaron mi padre tenía 37 años y mi madre 43. Mis padres habían desistido de la adopción porque la lista de espera era de 7 a 10 años, pero de repente un día de 1980 unos amigos les comentaron que habían adoptado una niña en Madrid y que el proceso había sido muy corto (de unos seis meses), así que ellos les dieron los detalles y les pusieron en contacto con una monja (Sor Maria Gómez Valbuena).
Mis padres vivían en Barcelona, ambos trabajaban y tenían una vida acomodada, mi madre aprovechando que iba por trabajo a Madrid unos días, aprovechó para conocer a la monja, la reunión fue bien y poco después la monja llamó a mis padres diciéndoles que si seguían interesados podían tener un hijo/a en unos meses, sobre septiembre. Mis padres accedieron y en Septiembre les llamaron que ya había nacido y me podían pasar a buscar
Ellos no sabían si iba a ser niño o niña hasta que les llamaron comunicándoles que había nacido. Mis padres como he dicho eran de Barcelona pero nunca se empadronaron en Madrid para poder adoptar. A posteriori, preguntando he sabido que a mis padres les dieron la opción de hacer todo el papeleo para la adopción o de inscribirme como biológica directamente y no existir tal adopción, pero ellos decidieron hacer el papeleo y adoptarme, esta opción se la dieron en el sanatorio San Ramón. La AEPA (Asociación Española para la Adopción) es la que aparece en los trámites de mi adopción, sin embargo mis padres estuvieron en contacto con Sor María y según mi partida el Dr. Vela es quien atendió mi parto. Mi padre conoció a Vela cuando fueron a buscarme.
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]]>Curiosamente todos los nacidos en San Ramón pese a haber nacido en una clínica privada (y no ser entregados en un establecimiento benéfico) constamos como hijos de padres desconocidos, para facilitar que el Ministerio Fiscal otorgase la adopción plena fácilmente al ser niños abandonados, sin datos de los progenitores para constatar esta situación.
Nuestros casos no presentan Tutela constituida ni consejo de familia (periodo que abarca desde la entrega del menor a los padres hasta la adopción plena). Esto quiere decir que durante esos 6 meses no constó nuestro paradero legal ni ningún documento que otorgase la adopción simple a nuestros padres adoptivos.
Tras haber realizado una exhaustiva búsqueda de nuestra documentación, no aparece ninguna escritura notarial como apunta Guijarro en su intervención que puede leerse en extracto del libro “Infancia Abandonada y adopción”, ni ningún otro papel firmado por nuestras progenitoras para así justificar su deseo de dejarnos en adopción. Como testigo de la voluntad de abandono se acepta en el juzgado únicamente la declaración de los hechos escrita por el Dr. Vela.
Según testimonios de las madres biológicas no se hizo firmar ningún tipo de renuncia del bebé ante notario y mucho menos se hizo testificar a las progenitoras ante el juez, para dar su consentimiento en el proceso de adopción. Tan sólo hemos localizado un testimonio que afirma que se le entregó en el sanatorio una fotocopia sin validez legal en la que se comprometía a no reclamar a su hijo (aún disponiendo de 6 meses legalmente para hacerlo). Sospechamos que el motivo de firmar dicha fotocopia fuera para ser usada en el caso de que la madre hubiera reclamado al bebé dentro del plazo legal y antes de que se tramitase la adopción plena. De esta forma se salvaguardaba la culminación del procedimiento de adopción.
El certificado de A.E.P.A que consta en nuestro poder, no cumple en la mayoría de los casos con el plazo fijado por la ley, es decir, la fecha del documento es anterior a los 6 meses necesarios que confirman el abandono.
Según testimonios de varios adoptantes, la clínica daba la opción de tramitar una adopción plena o de aparecer directamente como los padres biológicos del bebé, llegando incluso a sugerir a algunos matrimonios fingir un embarazo y simultáneo al de la madre biológica, que bajo la supervisión del doctor se llevaba a cabo mediante un cojín colocado en la barriga de la madre adoptiva. El día del alumbramiento se avisaba al matrimonio adoptante y ambas mujeres ingresaban a la vez en el sanatorio. La madre natural nunca figuraría como parturienta y la madre adoptiva legalmente figuraría como madre legítima desde el primer momento.
Todas las mujeres eran anestesiadas de forma general independientemente del tipo de parto que tuvieran mientras que en otros centros no se hacía así ¿Por qué?
Se les pidió a los padres adoptivos grandes sumas de dinero en concepto de gastos del parto y otros extras en el momento de ir a recoger al bebé, no habiendo sido avisados con anterioridad. En la adopción está prohibido sufragar gastos de la madre biológica o aportar compensaciones económicas o de otra índole por entender que afectan al consentimiento.
Una enfermera que vio a las madres de familia que fueron engañadas hablar en televisión de sus sospechas, se puso en contacto con los medios para ratificar las irregularidades que ella presenció en la clínica San Ramón. Ella afirmó haber presenciado varios robos de bebés y coacción a jóvenes solteras. Desde aquí le reiteramos nuestro agradecimiento por su valentía y testimonio.
]]>En nuestro caso haremos hincapié en la ley 7/1970, de 4 de julio ya que como hasta 1987 no se actualizó, es la que afectaría más directamente a los nacidos en san ramón y a todos los comprendidos en esas fechas.
La adopción ha sido hasta ahora un tema tabú del que casi no se ha hablado, y hay conceptos muy importantes que se han de conocer. Conceptos como abandono, expósito, apropiado… son determinantes para comprender una adopción.
Si además quieres conocer otros antecedentes y remontarte mucho más atrás te recomendamos el libro “Historia de la Inclusa de Madrid” de Pedro Espina Pérez entre otros.
A continuación encontrareis como podía ser un proceso de adopción según la Ley 7/1970, de 4 de julio, y saber que se requería tanto a familias adoptantes como familias y madres solteras.
Leyes:
Como decíamos anteriormente nos vamos a centrar en la ley 7/1970, de 4 de julio, pero es muy importante que sepáis lo siguiente:
Según la LEY 54/2007 del 28 diciembre en materia de adopción, capítulo III se impone a los adoptantes una serie de obligaciones postadoptivas y se reconoce el derecho de los adoptados a conocer sus orígenes biológicos. Consciente el legislador de la trascendencia de esta cuestión desde la perspectiva del libre desarrollo de la personalidad de las personas adoptadas, se ha conjugado el ejercicio de este derecho con las necesarias cautelas para proteger la intimidad de las personas afectadas. De esta forma se establecen dos limitaciones fundamentales: por una parte, la legitimación restringida a la persona del adoptado una vez alcanzada la mayoría de edad o bien con anterioridad si está representada por sus padres y, por otra parte, el asesoramiento e intervención necesaria de las Entidades Públicas competentes para facilitar el acceso a los datos requeridos.
Después de hacer este inciso, volvemos atrás en el tiempo para informar que la Ley de Adopción de 11 de noviembre de 1987 fue la que substituyó la ley 7/1970, de 4 de Julio , la cual parece ser había generado cierto descontrol en las adopciones por supuestos vacios legales.
Anterior a la Ley 7/1970, de 4 de julio fue, la Ley del 24 de Abril de 1958 que a su vez había sido substituida por la Ley del 17 de Octubre de 1941.
La mayoría de los nacidos en San Ramón nacimos bajo la Ley de 1970, la cual vista desde la perspectiva actual refleja ciertas incongruencias que imaginamos fueron las que propiciaron las irregularidades en nuestras adopciones.
Tipos de Adopción:
Se distinguen dos tipos de adopción: simple y plena.
La plena, es aquella que equipara los derechos y obligaciones del hijo adoptivo a los del legítimo. Puede realizarse cuando se dan en los intervinientes todos los requisitos legales exigidos.
Definición apropiación:
Los hijos apropiados son aquellos que aparecen inscritos como hijos naturales de sus padres adoptivos; por tanto, en su partida de nacimiento no figura la nota marginal de su adopción y no aparecen los nombres de sus padres biológicos.
Un ejemplo de este apartado es lo que transmite el siguiente artículo de prensa:
Definición Abandono:
…”El término abandono del latín “abandonare”, abandonar significa dejar en desamparo. Es la acción o efecto de abandonar. Diríamos que es el estado en que se deja sin auxilio a quien necesita por su especial desvalimiento”…
…”la otra acepción del vocable abandono “expósito” deriva también del término latino “expositus” que significa expuesto, lo perfila más nítidamente. Se dice abandonado o expuesto al niño recién nacido que es abandonado o expuesto en sitio público.”…
…”En uno y otro caso, la apreciación del abandono exigirá que hayan transcurrido durante el internamiento del menor seis meses continuos sin que el padre, madre, tutor u otros familiares del menor se interesen por él de modo efectivo mediante actos que demuestren su voluntad de asistencia. La mera petición de noticias no interrumpe por si sola el referido plazo.
La situación de abandono será apreciada y declarada por el Juez competente para conocer el expediente de adopción.”…
Quienes podían adoptar entre el 1970 y el 1987:
- Los adoptantes deberían tener los 30 años cumplidos (en adopción conjunta basta que solo uno de los dos los haya cumplido)
- Los adoptantes deberían tener 16 años más que el adoptando (en adopción conjunta basta que solo uno de los dos los tenga)
- Para las adopciones plenas además se exige que cuando es una adopción conjunta, los cónyuges vivan juntos y lleven más de 5 años de matrimonio)
La madre soltera Frente a la sociedad (1978):
Os recomendamos este link:
http://ddd.uab.cat/pub/papers/02102862n9p173.pdf
Bibliografía:
- Ley 7/1970, de 4 de Julio
- “Historia de la Inclusa de Madrid” de Pedro Espina Pérez.
- “ La herida primaria: Comprender al niño adoptado” de Nancy Werrier
- “Infancia abandonada y adopción” nº3 Julio – Septiembre 1971 Fundación Foesa
]]>Contando con la colaboración de una persona que se corresponde con el mencionado perfil y perteneciente a esta plataforma, procedemos a desglosar los documentos que pueden solicitarse en caso de robo o fallecimiento sospechoso de un bebé.
1. Ingreso del cadáver en el Cementerio de la Almudena: Hay que redactar una solicitud por escrito compuesta de dos epígrafes: EXPONE Y SOLICITA. En el epígrafe de se EXPONE se contemplará el hecho del nacimiento: fecha, nombre de los padres y la fecha probable del enterramiento. En la parte SOLICITA se pide el certificado de la anotación que figura en el registro del enterramiento y los datos que tengan de ello. El formato de dicha solicitud es tipo carta, por lo tanto es necesario incluir la fecha y los datos personales del solicitante.
En el cementerio conviene indicar un rango de fechas aproximadas del supuesto entierro que se comprendan entre un período de días. Por ejemplo: Si el bebé supuestamente falleció el día 20, indicar en la solicitud que el entierro aconteció del 20 al 25 del mes y año correspondientes.
2. Localización del asiento correspondiente en el Registro Civil de Madrid de la Calle Pradillo: Existe un archivo que se llama Registro de Criaturas abortivas y mortinatos.
Nuevamente es necesario redactar una instancia en la que se EXPONEN todos los datos concretos del nacimiento: Lugar, fecha, clínica, médico que atendió el parto y posterior muerte (es preferible no indicar las causas del fallecimiento que alegaron en el sanatorio para ver si coinciden con las inscritas). En el siguiente epígrafe se SOLICITA el Certificado de Inscripción del Archivo de Legajos de Criaturas Abortivas del documento que acredite el nacimiento y fallecimiento del niño o del feto.
El formato de esta instancia es también tipo carta, en la parte superior izquierda se debe indicar a quién se le solicita la documentación: SR/A. ENCARGADO/A DPTO. DE DEFUNCIONES DEL REGISTRO CIVIL DE MADRID. Calle Pradillo, 66.
Dependiendo de quien solicite los documentos correspondientes al niño (padres del fallecido o hermanos) se les pedirá adjuntar a la solicitud unos documentos identificativos u otros. En el caso de que la búsqueda sea realizada por un hermano y los padres biológicos hayan fallecido habrá que aportar documentos correspondientes a los progenitores compulsados ante notario: Partidas de nacimiento de los padres, de defunción, y de matrimonio o del libro de familia para demostrar el parentesco existente entre la persona que emprende la búsqueda y el sujeto que se desea encontrar.
Los familiares que se encuentren en esta situación deben rellenar también la ficha del banco de datos que tenemos disponible. Del mismo modo, puede ser de interés para ellos contactar con el laboratorio de perfiles genéticos para dejar su muestra de ADN para que fuera cotejado debidamente con los ya existentes.
Si algún familiar ha localizado documentación o este procedimiento de búsqueda considera por su experiencia que está incompleto, le agradeceríamos que nos contactase para indicarnos el método que ha seguido y así poder aportar distintas alternativas.
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